INNOVA Research Journal 2019, Vol 4, No. 3, pp. 53-64
definición de Molina, Rivadeneira, & Rosero (2015), o sea, que trabajador informal es aquella
persona con empleo que trabaja en empresas que no tienen Registro Único de Contribuyentes
(RUC).
El régimen tributario, según Maldonado (2005), es la norma jurídica que regula las
relaciones entre el Estado y demás entes acreedores de tributos, y quienes tienen obligaciones
tributarias para con ellos. Por su parte, la Plataforma digital única del Estado Peruano (2019),
define los regímenes tributarios como las categorías bajo las cuales una persona natural o jurídica
que posee o va a iniciar un negocio debe estar registrada en los registros de la autoridad tributaria
de un Estado en particular. El régimen tributario establece la manera en la que se pagan los
impuestos y los niveles de pagos de los mismos. Puede optarse por uno u otro régimen
dependiendo del tipo y el tamaño del negocio.
El RISE, se clasifica como un régimen tributario simplificado que para cumplir con la
finalidad por la cual fue creado, pretende brindar facilidades a los pequeños contribuyentes,
siguiendo la propuesta de Stiglitz (2000), de que un “buen” sistema tributario debe ser eficiente,
sencillo y flexible, de tal manera que solo cancelen una cuota mensual y/o anual de acuerdo a su
actividad económica, exonerándoles de la declaración del impuesto al valor agregado (IVA) y
del impuesto a la renta (IR), además simplifica el llenado de los comprobantes de venta, de
manera fácil y rápida, distinta a los otros contribuyentes, determinando que las personas que
están en este sistema no deben de tener ingresos superiores a US$ 60.000 dólares anuales.
Cabe indicar que dentro de este sistema existen ocho actividades distintas de comercio y
servicios respectivamente, dependiendo de esto, el contribuyente pagará una cuota fija, el mismo
que elegirá si la cancela de manera mensual o anual.
Por otra parte, el Presupuesto General del Estado (PGE) representa la estimación de los
recursos financieros que tiene el país, Bermúdez (2015) lo define como una estructura que
contiene los diferentes recursos financieros que tiene el Ecuador y que se aplican para un
determinado periodo de tiempo; es decir, aquí están los Ingresos (venta de petróleo, recaudación
de impuestos, etc.) pero también están los Gastos (de servicio, producción y funcionamiento
estatal para educación, salud, vivienda, agricultura, seguridad, transporte, electricidad, etc. de
acuerdo a las necesidades identificadas en los sectores y a la planificación de programas de
desarrollo), según Ministerio de Economía y Finanzas (2019).
En la República del Ecuador el Presupuesto General del Estado presenta la siguiente
clasificación para los ingresos, de acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas (2019):
permanentes y no permanentes, los permanentes son aquellos que se mantienen durante un
período de tiempo, y son predecibles (IVA, ICE, IR, RISE, etc.), por su parte, los no
permanentes son los ingresos no predecibles en el tiempo (ingresos petroleros, la venta de
activos, los desembolsos de créditos, entre otros). Por su parte, el Observatorio Económico
Social UNR (2015), clasifica los ingresos presupuestarios según su fuente en: tributarios y no
tributarios, los primeros son los originados en la potestad que tiene el Estado de establecer
gravámenes (IR, IVA, RISE y otros) mientras que los segundos son aquellos provenientes de
fuentes no impositivas (tasas, regalías, derechos, alquileres, primas, multas, etc.).
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