INNOVA Research Journal 2018, Vol 3, No. 10, pp. 47-58
Introducción
La devaluación del peso colombiano en más de 50% en el año 2014 frente al dólar, la
implementación de las salvaguardias por parte del gobierno central para regular el nivel general
de las importaciones y equilibrar la balanza comercial, la apreciación de dólar a nivel mundial,
entre otras, fueron algunas de las causas que conllevaron a una depresión en el comercio
fronterizo del país, sobre todo en la provincia del Carchi al norte del Ecuador, en donde el
principal ingreso económico se debe a las actividades comerciales entre esta provincia y el
departamento de Nariño, al sur de Colombia.
La provincia del Carchi tiene un número reducido de industrias, de acuerdo a datos de la
cartera de gobierno (Ministerio de Industrias y Productividad 2017), lo que provoca a sus
ciudadanos volcarse por la actividad comercial y agrícola, siendo su principal mercado el
departamento de Nariño; sin embargo, este comercio se ha visto disminuido y sus habitantes
perjudicados por la baja de ingresos.
Debido a esto, una de las medidas que adoptó el gobierno de Rafael Correa fue la
declaración a la provincia del Carchi en agosto de 2015 como “zona deprimida”, con lo que se
buscaba ayudar a los comerciantes que fueron afectados comercialmente en la zona; el Consejo
Sectorial de la Producción declaró como zonas deprimidas al cantón Tulcán de la provincia del
Carchi, varios cantones de la provincia de Sucumbíos, a la provincia de Orellana, a la provincia
de Loja y al cantón Huaquillas de la provincia de El Oro y creó la “Canasta Comercial
Transfronteriza”, medida cuyo objetivo fue que los comerciantes de las zonas deprimidas puedan
adquirir productos en los países vecinos (Colombia y Perú) para venderlos en su localidad a
precios competitivos, generando de esta manera una reactivación de la actividad comercial.
(EKOS, 2016)
Para la aplicación de esta medida se crearon cuotas de importación de acuerdo a tres
segmentos en los que estaban clasificados a los comerciantes, los segmentos se establecieron con
base en las ventas anuales registradas en el Servicio de Rentas Internas (SRI) durante el año
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014, con fecha de corte hasta la adopción de las distintas resoluciones. Los segmentos fueron
los siguientes: Segmento 1: desde USD 0 hasta USD 20.000; Segmento 2: superior a USD
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0.000 y hasta USD 160.000; y, Segmento 3: superior a USD 160.000. (COMEX, 2015)
Según (Colegio de economistas, 2017), esta medida estuvo en vigencia entre octubre del
015 hasta mayo del 2017, y permitía a comerciantes importar productos de distinto tipo como
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celulares, televisores, línea blanca, entre otros, sin salvaguardias ni aranceles desde Colombia y
venderlos en el Ecuador, pagando únicamente el Impuesto al Valor Agregado IVA, el Impuesto a
Consumos Especiales ICE y el Fondo de Desarrollo para la Infancia FODINFA. (Importsol,
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017)
Con base en declaraciones de comerciantes de la zona y con los resultados presentados
del (Ministerio de Industrias y Productividad 2017), esta medida, en primera instancia, fue
dirigida de manera ambigua para los comerciantes, creando una confusión en los productos a los
que iban dirigidos de acuerdo a la actividad comercial declarada en el Registro Único del
Contribuyente RUC de cada comerciante; en otras palabras, y de acuerdo con datos levantados
Revista de la Universidad Internacional del Ecuador. URL: https://www.uide.edu.ec/
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