INNOVA Research Journal 2018, Vol 3, No. 7, pp. 95-113
La aprobación de esta Decisión se presentó como una buena señal para los inversionistas
de los países miembros y los extranjeros, en el sentido de la existencia de reglas del juego claras
que incluyen procedimientos más ágiles y transparentes para los registros de marcas y el
otorgamiento de patentes. Asimismo, es pertinente agregar que la Decisión 486 recoge los
aspectos sobre el trato al nacional y a la nación más favorecida, términos y plazos, condiciones,
idioma, derechos de prioridad, el desistimiento y abandono, trámites, tipos de licencias,
concesión y nulidad de patentes, caducidad de los trámites y certificados, tipos de derechos y
limitaciones, titularidad, medidas penales, actos de frontera, competencia desleal y secretos
empresariales.
Pertenecer a la Comunidad Andina entre otros aspectos, otorgaba una de las mayores
ventajas en cuanto a formar parte de uno de los organismos con una de las legislaciones más
estructuradas en propiedad industrial, cuyos avances se han dado producto de las necesidades
del entorno, haciendo hincapié en el valor que debe infringírsele a la generación y protección del
conocimiento, más allá del mero hecho social, sino también desde una visión mucho más amplia,
orientada a la generación de planes, alianzas, proyectos y asociaciones, cuyo fin último es el
desarrollo de redes comerciales, industriales, empresariales públicas y privadas sólidas, que
impulsen el desarrollo de los países.
Cuando Venezuela decide denunciar el Acuerdo de Cartagena, Tratado originario de la
Comunidad Andina, no sólo se toma una medida desde la perspectiva política e ideológica, sino
que convierte su resolución en una consecuencia que afectaría tanto a la propiedad industrial
como a las relaciones y vinculaciones del país, con una de las alianzas que mayor beneficio
comercial le prestaba a Venezuela. La causa de esta decisión sería los perjuicios inmediatos, que,
según el ex Presidente Hugo Chávez, le causarían los Tratados Bilaterales de Libre Comercio
(TLC), firmados por Colombia y Perú con Estados Unidos, a la alianza latinoamericana.
Según el análisis realizado por Carlos Malamud (2006), la salida de Venezuela de la
CAN implicaría una participación más activa en otros bloques del continente, siendo el
MERCOSUR el más cercano a los ideales políticos e ideológicos venezolanos. Esto ocasionó
según el autor, una amenaza a la viabilidad de los dos grandes bloques de integración de
América del Sur (CAN y MERCOSUR), abriendo una seria interrogante sobre el futuro de la
Comunidad Sudamericana de Naciones (CSN), proyecto impulsado por Brasil, que se vio
amenazado por dos acontecimientos posteriores, como la Cumbre de La Habana, en la cual el
presidente Evo Morales decidió sumarse a la Alternativa Bolivariana para las Américas (ALBA),
junto al decreto de nacionalización de los hidrocarburos bolivianos.
La importancia de las normas andinas para Venezuela debía analizarse según Sainz
(2007), desde el orden internacional y el nacional. Están en juego un conjunto de compromisos
internacionales que fueron suscritos por el país en los escenarios multilaterales, lo cual permitió
la eficiente articulación de nuestro sistema comercial con el mundo, particularmente, a través de
la Organización Mundial de Comercio (OMC), la Organización Internacional de la Propiedad
Intelectual (OMPI) y otros organismos intergubernamentales que facilitan e intervienen en la
actividad comercial mundial.
Revista de la Universidad Internacional del Ecuador. URL: https://www.uide.edu.ec/
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