INNOVA Research Journal, ISSN 2477-9024  
La justicia redistributiva global y la complejidad de las estructuras realistas  
Global redistributive justice and the complexity of realistic structures  
¿Qué tan satisfactorio es el relato de Charles Beitz sobre la justicia redistributiva global?  
Santiago Carranco Paredes  
Universidad Internacional del Ecuador, Ecuador  
Autor para correspondencia: scarrancoparedes@gmail.com  
Fecha de recepción: 29 de Agosto de 2017 - Fecha de aceptación: 15 de Noviembre de 2017  
Resumen  
En 1973 Charles Beitz reconstruyó un modelo idealista global de justicia redistributiva utilizando  
los principios de la teoría Rawlsaniana, como son el velo de la ignorancia y la repartición  
equitativa de libertades y recursos. Beitz, que partió de premisas cosmopolitas liberales, dedicó su  
estudio a los desequilibrios que existen dentro del sistema internacional, planteando justamente  
que las causas de la desigual repartición de recursos corresponden a articulaciones sistémicas. Este  
texto que consta de tres apartados, discutirá si la representación de Charles Beitz sobre la justicia  
global es satisfactoria o no. En la primera parte se expondrá el argumento idealista del autor, en el  
segundo apartado se resaltarán las falacias teóricas que se puede encontrar en dicha propuesta, y  
la última parte se dejará para prescribir un balance de la moral realista que mantienen los estados  
y cómo dichos principios aún imperan dentro del sistema internacional.  
Palabras Clave: justicia redistributiva; recursos naturales; desarrollo; sistema internacional  
Abstract  
In 1973 Charles Beitz used the principles of Rawls's Theory of Justice such as the veil of ignorance  
and the fair redistribution of liberties and resources to reconstruct a cosmopolitan model of  
redistributive justice, Beitz, who used liberal and cosmopolitan premises in his theory, has  
dedicated his analysis to study the imbalances that exist within the international system, rightly  
arguing that the causes of unfair distribution of resources are systemically produced. This text,  
which consists of three sections, will discuss whether Charles Beitz's representation of global  
justice is satisfactory or not. The first part will analyse Beitz´s idealist argument, whereas the  
second section will expose the theoretical fallacies that can be found in Beitz´s theory, while the  
final part will analyse the real politics among an anarchical international system.  
Key words: redistributive justice; natural resources; development; international system  
Revista de la Universidad Internacional del Ecuador. URL: https://www.uide.edu.ec/  
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Introducción  
La justicia redistributiva ha sido desde tiempos inmemoriales uno de los temas más  
prominentes que abarca el estudio de la filosofía política. Desde la época de la antigua Grecia,  
autores como Epicúreo, han centrado sus estudios en los criterios de la distribución justa de  
recursos, sin embargo, estos se han concentrado en las desigualdades entre ciudadanos de una  
misma unidad estatal. No obstante, en 1973 Charles Beitz reconstruyó un modelo idealista global  
de justicia redistributiva utilizando los principios de la teoría Rawlsaniana, como son el velo de  
la ignorancia y la repartición equitativa de libertades y recursos. Beitz, que partió de premisas  
cosmopolitas liberales, dedicó su estudio a los desequilibrios que existen dentro del sistema  
internacional, planteando justamente que las causas de la desigual repartición de recursos  
corresponden a articulaciones sistémicas.  
El autor explícitamente desafía al statu quo que impera en la política internacional e  
indica que el escepticismo hacia la moral realista que mantienen los estados es prominente en  
nuestra época. Por ende, es posible repensar una distribución equitativa de los recursos naturales  
de manera global.  
Este texto que consta de tres apartados, discutirá si la representación de Charles Beitz  
sobre la justicia global es satisfactoria o no. En la primera parte se expondrá el argumento  
idealista del autor, en el segundo apartado se resaltarán las falacias teóricas que se pueden  
encontrar en dicha propuesta, y por último se prescribirá un balance de la moral realista que  
mantienen los estados y cómo dichos principios aún imperan dentro del sistema internacional.  
La justicia Redistributiva  
Beitz (1979), establece que dentro del estudio de las relaciones internacionales existen  
mayores preocupaciones antes que la aprehensión tradicional realista, la cual sostiene que el  
problema imperante en el campo de estudio de esta materia debe ser la justificación y la  
prevención de los conflictos armados, por lo que sus apartados implican que los arquitectos de  
dicha tradición y en especial los teóricos post-guerras como Morgenthau, Waltz y Mershaimer no  
abordan los verdaderos problemas de las relaciones mundiales (Beitz, 1979, p.3).  
Para justificar su tesis, Beitz plantea que otro tipo de problemáticas deben ser las  
preponderantes, incluyendo temas sobre el bienestar social, la escasez de alimentos, la escasez de  
fuentes de energía renovable, la creciente brecha entre países ricos y pobres, la aparición de  
nuevos actores transnacionales y la necesidad de crear términos más equitativos en cuanto a la  
participación de los países en las decisiones la política transnacional y la economía mundial  
(Beitz, 1979, p.4-7).  
Con el objetivo de erigir de una tesis alternativa que trate de manera más comprensiva el  
tema de la redistribución equitativa global, Beitz decidió partir desde un paradigma cosmopolita  
e institucionalista, el cual establece que la mejor manera de normalizar la justicia global es  
centrándose en principios contractuales y no utilitarios. Su argumento recae en la afirmación de  
que los estados ricos tienen una obligación moral con los menos desarrollados. Además, alega  
que las obligaciones distributivas internacionales deben basarse en principios normativos y no en  
valores morales volátiles maquillados en forma de cooperación internacional desinteresada.  
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Beitz, a su vez rechaza la limitación doméstica que Rawls impone a su teoría de la justicia,  
argumentando que la globalización está transformando a la sociedad internacional en una misma  
unidad que puede mantener una política común; por ende, el autor resalta que los principios de  
Rawls pueden ser aplicados dentro de la arena global (Beitz, 1979: 127-129).  
En primer lugar, cada persona debe tener el mismo derecho a un sistema de libertad para  
todos y, en segundo lugar, las desigualdades sociales y económicas deben arreglarse para  
maximizar la utilidad a los menos favorecidos y aún más importante, ofrecer a todas las personas  
condiciones de equitativa igualdad de libertades y de oportunidades (Rawls J., 1971, p.7).  
Las disparidades tanto económicas, militares y territoriales hacen imposible la práctica de  
una concepción igualitaria de justicia entre las naciones. Los códigos tradicionales de justicia en  
las relaciones internacionales son obsoletos debido a las diferencias en términos de influencia,  
fruto de la riqueza y el poder inequitativo de las naciones del mundo. Partiendo de dichas  
premisas, se asume que un modelo de cooperación desinteresada es inconcebible y, por ende, una  
normativa redistributiva global podría cerrar dichas brechas de acceso a la justicia de las  
naciones (Beitz, 1975, págs. 362-366).  
El componente más sólido del argumento de Beitz, es su visión de la distribución injusta  
de los recursos naturales en la tierra, en donde afirma que hay un derecho natural del pueblo  
sobre los recursos del planeta que va más allá de las fronteras de los países, como lo afirma Kant  
en la Paz Perpetua "las personas tienen derecho a la posesión comunal en la superficie de la  
tierra”, pensamiento que, en los elementos de la política, Sidgwick lo llamó como "las utilidades  
derivadas de cualquier parte de la superficie de la tierra". Por otra parte, Beitz percibió a los  
recursos naturales de la misma forma en que Rawls observó los talentos arbitrarios innatos en las  
personas; sin embargo, Beitz criticó la idea redistributiva de la riqueza de Rawls basada en la  
premisa de que hay gente con más talento que otros, ya que analizó la complejidad de los  
talentos desarrollados como constitución del yo, lo que significa que una persona no necesita  
justificar sus talentos innatos atribuibles a la imposibilidad de disputar la genética heredada, más  
bien es necesario para esta persona años de práctica y sacrificio para que sus talentos puedan  
producir ingresos y generar riqueza.  
Por otro lado, en el ámbito internacional, se espera que las zonas ricas en recursos sean  
explotadas con el objetivo de prosperar, lo que significa que hay lugares que debido a su falta de  
recursos naturales pueden alcanzar sólo un escaso nivel de bienestar, a diferencia de las zonas  
ricas que poseen una ventaja comparativa (Beitz, 1975, pp. 368 - 370).  
Limitaciones en la teoría de Beitz  
Si bien Beitz percibe el cosmopolitismo liberal como la mejor manera de lograr una  
redistribución equitativa de justicia en el mundo, su argumento demuestra varias falacias  
conceptuales y empíricas. Primero, la concepción de que el desarrollo de los países y el bienestar  
de sus ciudadanos son directamente proporcionales a la cantidad de recursos en su territorio es  
errónea, puesto que las políticas económicas y sociales integrales, así como la educación y un  
gobierno decente, son claramente ejemplos de factores que tienen un impacto real en la  
prosperidad del estado. La segunda falacia es la incompatibilidad con la teoría de la justicia de  
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Rawls, la cual fue creada con el objetivo de establecer la justicia en las sociedades a nivel  
doméstico, contrastando así con el cosmopolitismo que busca un bienestar igualitario de los  
individuos en el mundo; y, por último, se encuentra la aplicación impracticable de su teoría en el  
mundo, puesto que la sistemática internacional es de carácter anárquico.  
John Rawls está de acuerdo con los objetivos cosmopolitas de lograr instituciones  
globales decentes, garantizar los derechos humanos y satisfacer las necesidades básicas de todos,  
sin embargo, dichos preceptos no implica que los intentos de Beitz por llevarla al ámbito global  
sean capaces de cumplir los objetivos mencionados. Primero, la presunción de que la riqueza  
económica dependa solamente de los recursos naturales es evidentemente un argumento  
equivocado. Por otra parte, Rawls estableció que el estado que goza de prosperidad económica  
descansa sobre las virtudes políticas y civiles y no sobre la cantidad de recursos (Rawls J., 2001,  
p.116).  
Hayward también argumentó contra Beitz, estableciendo que:  
"
la dotación de recursos naturales de una nación no tiene ninguna correlación particular  
ni con su ordenación ni con su bienestar económico. La capacidad de valorizar los recursos es  
el determinante clave de la riqueza, la procedencia original de los recursos es una cuestión de  
relativa indiferencia" (Hayward, 2006, p.353).  
Hoy en día, existen varios estados que a pesar de su falta de recursos naturales se  
encuentran industrializados y el nivel de vida de sus ciudadanos es visiblemente superior a los  
países con gran cantidad de recursos. La ilustración de la situación de Japón y Venezuela es un  
claro ejemplo de que los recursos naturales no son una razón fundamental para que un país logre  
prosperidad. Venezuela es un país situado en la costa norte de América del Sur, su área es de  
unos 916.445 km2, y su población no supera los 35 millones. El territorio venezolano es rico en  
recursos naturales como petróleo, gas natural, mineral de hierro, oro, minerales, energía  
hidroeléctrica y diamantes.  
Por otra parte, Japón es una isla ubicada en el Océano Pacífico en la región de Asia  
Oriental, su área es de 377.972 km2, y su población es superior a 125 millones de habitantes, lo  
que, comparado con Venezuela, significa menos distribución de tierra para cada uno, además, la  
tierra de Japón no tiene más recursos que unos pocos minerales y frutos de mar. Si el argumento  
de Charles Beitz es correcto, se asumiría que Venezuela debería ser un país próspero y rico,  
mientras que Japón debería estar luchando contra el subdesarrollo y la pobreza dada la escasez  
de recursos en su territorio. Sin embargo, estos supuestos son muy diferentes a la realidad, Japón  
1
es uno de los cinco países más ricos del mundo con un PIB de 4,123 billones de dólares. Por  
otra parte, el PIB de Venezuela es de 371,3 mil millones, lo que significa que el PIB japonés es  
once veces mayor que el venezolano.  
Tabla 1: Comparación De Indicadores Macroeconómicos Entre Venezuela Y Japón  
Japón  
Venezuela  
1
Datos del Banco Mundial 2015.  
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377.972 km2  
916.445 km2  
Superficie  
Población  
126.96 millones  
31.11 millones  
PIB  
PIB Per  
4,123 billón  
32.477,2  
371,3 mil millones  
12.265,0  
cápita  
IDH  
Índice de  
0.891  
0.32  
0.762  
0.46  
Gini  
Recursos  
Naturales  
Recursos minerales y  
Frutos de mar  
Petróleo, minerales, productos agrícolas, Piedras preciosas,  
Metales Preciosos productos pesqueros.  
Elaborada por el autor  
Fuente: Banco Mundial (2017)  
En la tabla 1 es posible visualizar que la concepción de Beitz sobre la relación entre la  
riqueza generada por un país y la cantidad de recursos naturales es falsa. El desarrollo de Japón  
se debe a múltiples factores como la industrialización, el uso de la tecnología moderna y la  
inversión en recursos humanos, además de la característica nacional del colectivismo y la  
sociedad vertical (Abe y Fitzgerald, 1995). En contraste, la situación de Venezuela se explica por  
teorías que describen cómo los recursos naturales han jugado realmente un papel importante para  
el subdesarrollo de algunas sociedades. Un ejemplo es la obra de W.W Norton, que estudió cómo  
el descubrimiento de reservas de petróleo ha sido considerado como una desgracia para el mundo  
árabe.  
Para Hayward (2006), "La capacidad de valorizar los recursos es el determinante clave  
de la riqueza; la procedencia original de los recursos es una cuestión de indiferencia relativa.  
Su argumento levanta dudas respecto a la percepción de Beitz en lo que es un recurso natural. La  
distribución de los minerales terrestres y de la biota es un hecho arbitrario, en realidad, hay  
virtualmente muy pocos recursos disponibles en un territorio y un país solo puede ser rico en  
recursos naturales si en la perspectiva global estos recursos tienen una utilidad que les da precio.  
Esto significa que, para que el material natural pueda ser percibido como un recurso, es necesario  
prospectar con el objetivo de tener cierto conocimiento de qué poder hacer con dicho material  
(Hayward, 2006, pp. 350-352).  
Según Beitz, en la distribución de los recursos habrá gente bajo un velo de ignorancia que  
tendrá el conocimiento sobre la disponibilidad de recursos valiosos sobre el planeta, sin  
embargo, no hay tal manera de conocer las tecnologías y estudios futuros que encuentren  
utilidades para lo que hoy en día se perciben como materiales no valorados, o incluso la  
comunidad científica podría encontrar nuevos minerales o biota que podría ser considerada como  
un valioso recurso natural. En este caso es imposible lograr una redistribución justa de los  
recursos debido a la incapacidad de percibir toda la imagen de los recursos naturales que tiene el  
planeta.  
Beitz, junto con los pensadores cosmopolitas, son partidarios de la idea de un mundo  
interdependiente en donde es posible una ley normativa cosmopolita para ordenarla.  
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Indudablemente, las telecomunicaciones, las transacciones sociales y un sistema financiero  
global podrían conducirnos a pensar en un mundo virtual sin fronteras, tal como Keohane y Nye  
(2001) lo establecieron en “Poder e Interdependencia”. Sin embargo, la realidad del mundo es  
muy diferente. Hoy en día, hay zonas fronterizas extremadamente fortificadas que controlan  
fuertemente el tránsito humano de un país a otro. Por ejemplo, la barrera México-Estados Unidos  
y la Barrera de Cisjordania israelí son fronteras extensas y resguardadas en todo el mundo, esto  
debido a las denuncias de Estados Unidos e Israel sobre la inseguridad que los carteles en  
México y los grupos terroristas de Palestina representan para ellos. Esta es una demostración de  
soberanía y seguridad sobre la relación comercial y cultural interdependiente. Por otra parte, una  
distribución global de los recursos podría incluso ser perjudicial para la humanidad, ya que esto  
podría arriesgar el frágil equilibrio del sistema global; como lo estableció Morgenthau (2006,  
p.3) "Saber que las naciones están sujetas a la ley moral es una cosa, mientras que pretender  
saber con certeza lo que es bueno y malo en las relaciones entre las naciones es otra cosa". Las  
relaciones internacionales son un campo muy sensible en el que cualquier norma basada en la  
moralidad podría ser utilizada por los estados más poderosos para obtener más poder o lograr  
cierto interés. Es posible hacer que dos personas cooperen, pero de nuevo en el campo estatal  
siempre hay un estado que va a ganar y otro que va a perder (Mearsheimer, 1994 - 1995).  
Para la tradición realista el sistema internacional tiene una naturaleza anárquica, no hay  
tal cosa capaz de regular las relaciones entre los estados, debido a que estos se consideran su  
propia máxima autoridad y no reconocen un poder superior sobre ellos. Para persistir, el  
neorrealista como Waltz, argumenta que los estados tratarán de mantener el equilibrio de poder  
preservando el statu quo, esto significa que los estados harán lo necesario para mantener el orden  
en la sociedad internacional, actuando como racional y unidades autosuficientes.  
A pesar de la existencia de instituciones supranacionales, los estados necesitan preservar  
su autosuficiencia para sobrevivir, como establece Marsheimer (1994-1995, p.15)  
"
Los estados más poderosos del sistema crean y dan forma a las instituciones para que  
puedan mantener su participación en el poder mundial, o incluso aumentarlo". Los argumentos  
realistas proporcionan la sensación sobre la incompatibilidad de la teoría de Beitz con la  
naturaleza del mundo, el autor basó su argumento pensando en la gente como unidades  
individuales que viven en una sociedad de frontera abierta, pero él no recordó el papel de los  
estados en la redistribución de recursos.  
Por último, en el caso hipotético en el que el mundo se convierta en una sociedad de  
fronteras abiertas que acepta una normativa global basada en principios de redistribución, Beitz  
no responde a varias preguntas, como por ejemplo:  
¿Cuáles serán las instituciones responsables que implementarán la redistribución  
de recursos?  
¿Dónde va a estar ubicado ese organismo supranacional?, y  
¿Cómo se va a evitar que estas instituciones sean manipuladas por las fuerzas  
mayores como corporaciones o países poderosos?  
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Por otra parte, existe un riesgo extremo de dar a una organización supranacional el  
suficiente poder para crear una constitución mundial, no sólo representa una amenaza para la  
seguridad de los estados y para sus ciudadanos, sino también significa la renuncia de los valores  
culturales y el nacionalismo. Wallace Brown (2009), recapituló algunas preocupaciones contra el  
cosmopolitismo desde las perspectivas relativistas, uno de los principales argumentos es que los  
cosmopolitas como Beitz no comprenden la complejidad de la cultura y la identidad. En realidad,  
una teoría cosmopolita occidental-céntrica no es cosmopolita en absoluto.  
Además, en cada sociedad existen subgrupos con diferentes principios de moralidad, por  
lo tanto, existen diversas percepciones de la justicia (Brown, 2009, págs. 129-137). Por esta  
razón no es fácil llamar una teoría cosmopolita de la justicia erigida desde una perspectiva de un  
solo hombre en absoluto.  
La respuesta Ralwsiana  
Como se mencionó en el apartado anterior, la relación que Beitz ha hecho entre los  
recursos naturales y la riqueza, el desarrollo y el bienestar de los ciudadanos de un estado es  
errónea. Hayward y Ralws han estado en desacuerdo con este argumento que no parece tener  
bases sólidas, además hay claros ejemplos de estados que han sido capaces de generar riqueza y  
desarrollo a pesar de la escasez de recursos entre sus territorios. En segundo lugar, Beitz  
mantiene un concepto erróneo de lo que es un recurso natural, al no conocer las utilidades de  
todos los minerales y materiales aún no descubiertos, se imposibilita la distribución de los  
recursos naturales.  
En consecuencia, las personas que hipotéticamente estarían bajo el velo de la ignorancia,  
no tendrían suficiente información técnica para lograr una redistribución justa. Tercero, la  
dificultad de una ley normativa en un mundo realista, imposibilita luchar contra ciertas fuerzas  
en las relaciones internacionales.  
La teoría de Beitz es un ataque directo a la soberanía de los estados, a la naturaleza  
anárquica del sistema internacional y a los principios tradicionales que conforman el derecho  
internacional. Finalmente, las teorías cosmopolitas representan un riesgo definido para las  
culturas pluralistas del mundo. Una premisa que parte del noroeste no abordará los requisitos de  
justicia para los individuos de diferentes culturas del planeta. Además, la teoría de Beitz no  
expone cómo se distribuirán los recursos, quién los distribuirá y cómo controlar una distribución  
justa y honesta.  
Conclusiones  
Para concluir, es necesaria la regulación de disparidades no sólo entre los países  
desarrollados y los no industrializados, sino también entre los ricos y pobres en recursos. El  
sistema capitalista que se ha erigido hoy en día, es cada vez más poderoso que la naturaleza  
humana, por lo que es necesario algún tipo de transformación en el derecho internacional. Beitz  
ha intentado satisfacer esta necesidad, sin embargo, sus argumentos presentan un número de  
falacias.  
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Para lograr un cosmopolitismo justo, en primer lugar, los principios deben ser repensados  
lejos de las teorías rawlsanianas creadas para lograr la justicia en un nivel doméstico.  
Adicionalmente, estos tienen que ser armoniosos con la naturaleza de los estados y respetar su  
soberanía en lugar de intentar ir en contra de las fuerzas del sistema internacional; y, finalmente  
estos principios deben ser construidos desde una perspectiva global y no sólo de premisas  
noroccidentales.  
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