INNOVA Research Journal 2021, Vol 6, No. 1, pp. 31-46
que la seguridad ciudadana debe ser tratada bajo el enfoque de atender las causas potenciales de
la violencia y delitos en zonas donde se deben ocupar de problemas sociales como el comercio
de estupefacientes, la impunidad, la propagación de armas y el tema del ingreso de ciudadanos
de otros países (PNUD, 2019). Existen factores de riesgo para que se quiebre la seguridad en la
población, como la desigualdad, referido a la pobreza que crea ideas de desigualdad en la
población; el quiebre de los vínculos sociales donde las familias están alejadas; el crecimiento
desordenado de la población donde la migración interna impide una adecuada planificación de la
ciudad; y el uso indiscriminado de drogas, alcohol, inclusive uso de armas son estimulante para
activar la violencia y el delito que llega a la criminalidad (Mininter, 2019. p.9).
Para seguridad ciudadana la literatura define como subcategorías: (1) prevención de la
violencia y el delito; (2) control y la persecución del delito; (3) Rehabilitación y la reinserción
social y (4) atención a las víctimas. La primera se considera imprescindible para eliminar la falta
de seguridad ciudadana, la prevención tiene como objetivo formar comunidades más preparadas
para enfrentar dificultades (Ministerio del Interior, 2019; USAID, 2019). La segunda es
responsabilidad mayormente de la policía junto con el aparato de justicia, incluye la
investigación y el juzgamiento, lo que significa que comienza con la preparación de los fiscales
para que se lleven a cabo correctamente las investigaciones y el veredicto por parte de los jueces
(según inc. 2-art.94-LOMP), Lastimosamente a pesar que el Ministerio Público tiene como
objetivo ir detrás del delito, no hay normas escritas sobre cómo se debe cumplir las tarea de los
fiscales y jueces, lo que genera falta de cumplimiento de la aplicación de la ley por parte de estos
funcionarios (Cubas, 2004, p.218).
La tercera subcategoría tiene como objetivo permitir la integración a la sociedad de las
personas que cumplieron sus penas; existen algunas teorías sobre este tema, muchas se refieren
al tipo de estimulación de desarrollo que los individuos tuvieron en sus períodos de condena
para mejorar sus conductas y que una vez afuera puedan tomar mejores decisiones (De Araujo,
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018). La cuarta atención a las víctimas, es el proceso que permite a las victimas la atención que
permita detener al agresor, ofrecer seguridad a la víctima y facilidades para efectuar las
denuncias; en el marco de la ley 30363, existe un protocolo que define los pasos para todas las
instituciones para brindar el servicio coordinado, oportuno y articulado para conseguir este fin
(Decreto supremo 012-2019-MIMP).
Luego del análisis realizado, se establecieron las preguntas de investigación de este
trabajo (1) ¿Cómo se percibe la ejecución de las políticas públicas en la seguridad ciudadana del
distrito de San Juan de Lurigancho, 2020?; (2) ¿Cómo se percibe la ejecución de las políticas
públicas en la prevención de la violencia y el delito en el distrito de San Juan de Lurigancho,
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020?; (3) ¿Cómo se percibe la ejecución de las políticas públicas en el control y la persecución
del delito en el distrito de San Juan de Lurigancho, 2020?, y (4) ¿Cómo se percibe la ejecución
de las políticas públicas en la rehabilitación y reinserción social y en la atención a las víctimas
en el distrito de San Juan de Lurigancho, 2020?. Estas preguntas fueron convertidas en objetivos
que permitieron conocer la percepción de los diferentes participantes sobre la ejecución de las
políticas públicas en la seguridad ciudadana.
Los siguientes objetivos fueron planteados: (1)Analizar la percepción de la ejecución de
las políticas públicas en la seguridad ciudadana en San Juan de Lurigancho, 2020; (2) Conocer
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